Requerimientos · Abogados colegiados
Contestar un requerimiento de homologación del Ministerio
Si el Ministerio te ha enviado un requerimiento en tu expediente de homologación o de equivalencia, tienes un plazo corto para responder. Si no lo haces bien y a tiempo, la solicitud puede darse por desistida. Lo preparamos y presentamos por ti.
Qué es un requerimiento
Es una comunicación del Ministerio en la que te pide subsanar la solicitud o aportar documentos que faltan o no son correctos: una legalización, una traducción oficial, una certificación con más detalle, el justificante de la tasa, la acreditación del castellano…
Plazo para contestar
Según el artículo 14 del Real Decreto 889/2022, el Ministerio concede un plazo máximo de diez días hábiles para cumplir lo requerido. Si no se atiende, se tiene por desistida la solicitud, previa resolución. En casos justificados, el plazo puede ampliarse hasta un máximo de 35 días hábiles. Mientras dura la subsanación, se suspende el plazo para resolver.
Por eso es importante actuar en cuanto recibas la notificación.
Cómo lo hacemos
- Nos envías el requerimiento y la documentación de tu expediente.
- Analizamos exactamente qué pide el Ministerio y qué documento lo resuelve.
- Te indicamos qué tienes que conseguir (por ejemplo, una apostilla o una traducción) y revisamos que sea correcto.
- Preparamos el escrito de contestación y lo presentamos por vía electrónica dentro de plazo.
- Si hace falta y está justificado, solicitamos la ampliación del plazo.
Sirve también si presentaste la solicitud tú mismo o con otra persona: podemos encargarnos solo de la contestación.
Requerimientos más habituales
- Falta de legalización o apostilla en el título o en la certificación académica.
- Falta de traducción oficial al castellano.
- Certificación académica sin la duración oficial, las asignaturas o la carga horaria.
- Falta de acreditación del castellano en una homologación.
- Problemas con el pago de la tasa.
Precio
Un precio cerrado, sin sorpresas
Contestación a requerimiento
Análisis del requerimiento, escrito de contestación y presentación en plazo. 100 € + IVA.
Cómo trabajamos
Del primer correo a la resolución
Cada expediente lo lleva un abogado colegiado de principio a fin.
Estudio de tu caso
Nos envías tu título y tu certificado de notas. Te decimos si te corresponde homologación o equivalencia y qué te falta.
Revisión de la documentación
Comprobamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas. Un defecto aquí es la causa más común de requerimiento.
Tasa y presentación
Pagamos la tasa del Ministerio, presentamos la solicitud por vía telemática y te enviamos los justificantes.
Seguimiento y requerimientos
Vigilamos el expediente. Si llega un requerimiento, te avisamos y preparamos la contestación dentro de plazo.
Resolución
Te explicamos la resolución y, si incluye requisitos formativos o una prueba de aptitud, qué opciones tienes.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales
¿Cuánto tiempo tengo para contestar?
Según el artículo 14 del Real Decreto 889/2022, un máximo de diez días hábiles, ampliable en casos justificados hasta 35 días hábiles.
¿Qué pasa si no contesto a tiempo?
La solicitud se tiene por desistida, previa resolución. Por eso conviene actuar en cuanto llega la notificación.
¿Podéis contestar un requerimiento si yo presenté la solicitud?
Sí. Podemos encargarnos solo de la contestación del requerimiento.
¿Cuánto cuesta?
121 € (100 € + IVA) por requerimiento. Si ya tramitamos tu expediente, es el mismo precio.
Contacto
Cuéntanos tu caso
Te decimos qué trámite te corresponde y qué documentos necesitas. Si dudas, prueba el simulador.
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