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Arquitectura · Abogados colegiados

Homologar el título de Arquitecto en España

Para ejercer como arquitecto en España con un título extranjero necesitas homologarlo al título español que habilita para la profesión de Arquitecto. Es una profesión regulada con atribuciones propias, por lo que no basta con acreditar el nivel académico.

Título español de referencia

El Anexo del Real Decreto 889/2022 remite, para la profesión de Arquitecto, a la Orden EDU/2075/2010, que establece los requisitos de los títulos españoles (Grado y Máster) que habilitan para ejercerla. El título de Arquitecto Técnico es una profesión distinta, con su propia orden (Orden ECI/3855/2007).

¿Homologación o equivalencia?

Si vas a ejercer como arquitecto, con firma de proyectos y colegiación, necesitas la homologación. Si trabajas en un ámbito que no exige el título habilitante (diseño, urbanismo sin atribuciones, docencia, etc.) o vas a seguir estudiando, puede bastar la equivalencia.

Arquitecto o arquitecto técnico

En muchos países existe un único título de arquitectura, mientras que en España hay dos profesiones reguladas: Arquitecto y Arquitecto Técnico. Por la duración y el contenido de tus estudios se determina con cuál se compara tu título. Es uno de los puntos que revisamos antes de presentar la solicitud.

Documentación necesaria

  • Documento de identidad que acredite tu identidad y nacionalidad (pasaporte, DNI o NIE).
  • Título universitario, o certificación de su expedición.
  • Certificación académica con la duración oficial del plan de estudios en años académicos, las asignaturas superadas y su carga horaria o créditos.
  • Legalización de los documentos por vía diplomática o con la apostilla de La Haya. No se exige a los documentos expedidos en la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • Traducción oficial al castellano de los documentos que no estén en español.
  • Justificante de pago de la tasa (modelo 790, código 107), que en nuestro precio va incluida.

Conviene que la certificación académica refleje con detalle las asignaturas de proyectos, estructuras e instalaciones y el proyecto fin de carrera, porque forman parte de las competencias que se comparan.

Para la homologación se exige acreditar la competencia lingüística en castellano, por ejemplo con el DELE de nivel B2 o superior o con un certificado oficial de nivel B2 de una escuela oficial de idiomas (arts. 9.4 y 13.2 del Real Decreto 889/2022). No hay que aportar ningún documento si eres nacional de un país cuya lengua oficial es el español.

Posibles resultados

Según el artículo 18 del Real Decreto 889/2022, el Ministerio puede resolver de tres formas:

  • Concesión de la homologación o de la declaración de equivalencia.
  • Concesión condicionada a que superes unos requisitos formativos complementarios (solo en homologación).
  • Denegación, que se puede recurrir.

Los requisitos formativos complementarios pueden consistir en un periodo de prácticas, una prueba de aptitud, un proyecto o trabajo académico o la realización de determinados cursos (art. 19.3). Cuando la resolución te los impone, te explicamos qué significan en tu caso y qué opciones tienes.

Precio

Un precio cerrado, sin sorpresas

Precio cerrado: estudio, tasa y presentación

Honorarios 400 € + IVA (84 €) + tasa oficial del Ministerio 166,50 € (modelo 790, código 107). Cada contestación a requerimiento, si la hubiera: 121 €.

650,50 € tasa e IVA incluidos

Cómo trabajamos

Del primer correo a la resolución

Cada expediente lo lleva un abogado colegiado de principio a fin.

  1. Estudio de tu caso

    Nos envías tu título y tu certificado de notas. Te decimos si te corresponde homologación o equivalencia y qué te falta.

  2. Revisión de la documentación

    Comprobamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas. Un defecto aquí es la causa más común de requerimiento.

  3. Tasa y presentación

    Pagamos la tasa del Ministerio, presentamos la solicitud por vía telemática y te enviamos los justificantes.

  4. Seguimiento y requerimientos

    Vigilamos el expediente. Si llega un requerimiento, te avisamos y preparamos la contestación dentro de plazo.

  5. Resolución

    Te explicamos la resolución y, si incluye requisitos formativos o una prueba de aptitud, qué opciones tienes.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Mi título se homologa como Arquitecto o como Arquitecto Técnico?

Depende de la duración y el contenido de tus estudios. Lo analizamos en el estudio inicial antes de presentar la solicitud.

¿Puedo trabajar en un estudio de arquitectura sin homologar?

Puedes trabajar en funciones que no exijan el título habilitante. Para firmar proyectos y ejercer como arquitecto necesitas la homologación.

¿Me pueden pedir un proyecto o una prueba?

Sí. Entre los requisitos formativos complementarios que puede imponer la resolución están la prueba de aptitud o un proyecto o trabajo académico o técnico.

Contacto

Cuéntanos tu caso

Te decimos qué trámite te corresponde y qué documentos necesitas. Si dudas, prueba el simulador.

Teléfono y WhatsApp+34 633 02 38 32
Correo electrónicocontacto@elhomologadordetitulos.es

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