Arquitectura · Abogados colegiados
Homologar el título de Arquitecto en España
Para ejercer como arquitecto en España con un título extranjero necesitas homologarlo al título español que habilita para la profesión de Arquitecto. Es una profesión regulada con atribuciones propias, por lo que no basta con acreditar el nivel académico.
Título español de referencia
El Anexo del Real Decreto 889/2022 remite, para la profesión de Arquitecto, a la Orden EDU/2075/2010, que establece los requisitos de los títulos españoles (Grado y Máster) que habilitan para ejercerla. El título de Arquitecto Técnico es una profesión distinta, con su propia orden (Orden ECI/3855/2007).
¿Homologación o equivalencia?
Si vas a ejercer como arquitecto, con firma de proyectos y colegiación, necesitas la homologación. Si trabajas en un ámbito que no exige el título habilitante (diseño, urbanismo sin atribuciones, docencia, etc.) o vas a seguir estudiando, puede bastar la equivalencia.
Arquitecto o arquitecto técnico
En muchos países existe un único título de arquitectura, mientras que en España hay dos profesiones reguladas: Arquitecto y Arquitecto Técnico. Por la duración y el contenido de tus estudios se determina con cuál se compara tu título. Es uno de los puntos que revisamos antes de presentar la solicitud.
Documentación necesaria
- Documento de identidad que acredite tu identidad y nacionalidad (pasaporte, DNI o NIE).
- Título universitario, o certificación de su expedición.
- Certificación académica con la duración oficial del plan de estudios en años académicos, las asignaturas superadas y su carga horaria o créditos.
- Legalización de los documentos por vía diplomática o con la apostilla de La Haya. No se exige a los documentos expedidos en la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Traducción oficial al castellano de los documentos que no estén en español.
- Justificante de pago de la tasa (modelo 790, código 107), que en nuestro precio va incluida.
Conviene que la certificación académica refleje con detalle las asignaturas de proyectos, estructuras e instalaciones y el proyecto fin de carrera, porque forman parte de las competencias que se comparan.
Para la homologación se exige acreditar la competencia lingüística en castellano, por ejemplo con el DELE de nivel B2 o superior o con un certificado oficial de nivel B2 de una escuela oficial de idiomas (arts. 9.4 y 13.2 del Real Decreto 889/2022). No hay que aportar ningún documento si eres nacional de un país cuya lengua oficial es el español.
Posibles resultados
Según el artículo 18 del Real Decreto 889/2022, el Ministerio puede resolver de tres formas:
- Concesión de la homologación o de la declaración de equivalencia.
- Concesión condicionada a que superes unos requisitos formativos complementarios (solo en homologación).
- Denegación, que se puede recurrir.
Los requisitos formativos complementarios pueden consistir en un periodo de prácticas, una prueba de aptitud, un proyecto o trabajo académico o la realización de determinados cursos (art. 19.3). Cuando la resolución te los impone, te explicamos qué significan en tu caso y qué opciones tienes.
Precio
Un precio cerrado, sin sorpresas
Precio cerrado: estudio, tasa y presentación
Honorarios 400 € + IVA (84 €) + tasa oficial del Ministerio 166,50 € (modelo 790, código 107). Cada contestación a requerimiento, si la hubiera: 121 €.
Cómo trabajamos
Del primer correo a la resolución
Cada expediente lo lleva un abogado colegiado de principio a fin.
Estudio de tu caso
Nos envías tu título y tu certificado de notas. Te decimos si te corresponde homologación o equivalencia y qué te falta.
Revisión de la documentación
Comprobamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas. Un defecto aquí es la causa más común de requerimiento.
Tasa y presentación
Pagamos la tasa del Ministerio, presentamos la solicitud por vía telemática y te enviamos los justificantes.
Seguimiento y requerimientos
Vigilamos el expediente. Si llega un requerimiento, te avisamos y preparamos la contestación dentro de plazo.
Resolución
Te explicamos la resolución y, si incluye requisitos formativos o una prueba de aptitud, qué opciones tienes.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales
¿Mi título se homologa como Arquitecto o como Arquitecto Técnico?
Depende de la duración y el contenido de tus estudios. Lo analizamos en el estudio inicial antes de presentar la solicitud.
¿Puedo trabajar en un estudio de arquitectura sin homologar?
Puedes trabajar en funciones que no exijan el título habilitante. Para firmar proyectos y ejercer como arquitecto necesitas la homologación.
¿Me pueden pedir un proyecto o una prueba?
Sí. Entre los requisitos formativos complementarios que puede imponer la resolución están la prueba de aptitud o un proyecto o trabajo académico o técnico.
Contacto
Cuéntanos tu caso
Te decimos qué trámite te corresponde y qué documentos necesitas. Si dudas, prueba el simulador.
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