El Homologador de Títulos

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Homologar el título de Ingeniero en España

En España no todas las ingenierías son profesiones reguladas. Solo las que tienen atribuciones profesionales reconocidas se pueden homologar. Si tu ingeniería no está entre ellas, el trámite que te corresponde es la declaración de equivalencia.

Ingenierías que se pueden homologar

El Anexo del Real Decreto 889/2022 incluye, con su orden ministerial de referencia, estas profesiones:

  • Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
  • Ingeniero Industrial
  • Ingeniero de Telecomunicación
  • Ingeniero Aeronáutico
  • Ingeniero de Minas
  • Ingeniero Agrónomo
  • Ingeniero de Montes
  • Ingeniero Naval y Oceánico
  • Ingeniero Técnico Industrial
  • Ingeniero Técnico de Obras Públicas
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicación
  • Ingeniero Técnico Aeronáutico, Agrícola, Forestal, de Minas, Naval y en Topografía

Las ingenierías superiores se valoran frente a títulos de Máster habilitante y las técnicas frente a títulos de Grado, según cada orden ministerial.

¿Homologación o equivalencia?

Si tu ingeniería corresponde a una de esas profesiones y quieres ejercerla con atribuciones (firmar proyectos, colegiarte), necesitas la homologación. Si tu ingeniería no está en la lista, por ejemplo muchas ingenierías de software o de sistemas, o solo quieres acreditar tu nivel para trabajar u opositar, el trámite es la declaración de equivalencia.

Ingeniero o ingeniero técnico

En España conviven las ingenierías (con máster habilitante) y las ingenierías técnicas (con grado). La duración y los contenidos de tu carrera determinan con cuál se compara tu título. Elegir la referencia correcta es clave para evitar una denegación, y es lo primero que revisamos.

Documentación necesaria

  • Documento de identidad que acredite tu identidad y nacionalidad (pasaporte, DNI o NIE).
  • Título universitario, o certificación de su expedición.
  • Certificación académica con la duración oficial del plan de estudios en años académicos, las asignaturas superadas y su carga horaria o créditos.
  • Legalización de los documentos por vía diplomática o con la apostilla de La Haya. No se exige a los documentos expedidos en la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • Traducción oficial al castellano de los documentos que no estén en español.
  • Justificante de pago de la tasa (modelo 790, código 107), que en nuestro precio va incluida.

Para la homologación se exige acreditar la competencia lingüística en castellano, por ejemplo con el DELE de nivel B2 o superior o con un certificado oficial de nivel B2 de una escuela oficial de idiomas (arts. 9.4 y 13.2 del Real Decreto 889/2022). No hay que aportar ningún documento si eres nacional de un país cuya lengua oficial es el español.

Posibles resultados

Según el artículo 18 del Real Decreto 889/2022, el Ministerio puede resolver de tres formas:

  • Concesión de la homologación o de la declaración de equivalencia.
  • Concesión condicionada a que superes unos requisitos formativos complementarios (solo en homologación).
  • Denegación, que se puede recurrir.

Los requisitos formativos complementarios pueden consistir en un periodo de prácticas, una prueba de aptitud, un proyecto o trabajo académico o la realización de determinados cursos (art. 19.3). Cuando la resolución te los impone, te explicamos qué significan en tu caso y qué opciones tienes.

Precio

Un precio cerrado, sin sorpresas

Precio cerrado: estudio, tasa y presentación

Honorarios 400 € + IVA (84 €) + tasa oficial del Ministerio 166,50 € (modelo 790, código 107). Cada contestación a requerimiento, si la hubiera: 121 €.

650,50 € tasa e IVA incluidos

Cómo trabajamos

Del primer correo a la resolución

Cada expediente lo lleva un abogado colegiado de principio a fin.

  1. Estudio de tu caso

    Nos envías tu título y tu certificado de notas. Te decimos si te corresponde homologación o equivalencia y qué te falta.

  2. Revisión de la documentación

    Comprobamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas. Un defecto aquí es la causa más común de requerimiento.

  3. Tasa y presentación

    Pagamos la tasa del Ministerio, presentamos la solicitud por vía telemática y te enviamos los justificantes.

  4. Seguimiento y requerimientos

    Vigilamos el expediente. Si llega un requerimiento, te avisamos y preparamos la contestación dentro de plazo.

  5. Resolución

    Te explicamos la resolución y, si incluye requisitos formativos o una prueba de aptitud, qué opciones tienes.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Se puede homologar la Ingeniería Informática o de Sistemas?

Si no corresponde a ninguna de las profesiones reguladas del Anexo del Real Decreto 889/2022, el trámite adecuado es la declaración de equivalencia a Grado o Máster.

¿Mi título se compara con el de Ingeniero o el de Ingeniero Técnico?

Depende de la duración y el contenido de tus estudios. Lo analizamos antes de presentar la solicitud.

¿Con la equivalencia puedo trabajar como ingeniero en una empresa?

Sí, en funciones que no exijan atribuciones profesionales reguladas. Para firmar proyectos en una ingeniería regulada necesitas la homologación.

Contacto

Cuéntanos tu caso

Te decimos qué trámite te corresponde y qué documentos necesitas. Si dudas, prueba el simulador.

Teléfono y WhatsApp+34 633 02 38 32
Correo electrónicocontacto@elhomologadordetitulos.es

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